Senado aprueba el proyecto de ley SB 6298 de Informantes Obligatorios y el Privilegio Clero-Penitente
February 09, 2024
El SB 6298, que se refiere al deber del clero de denunciar abuso o negligencia infantil, fue aprobada por el Senado el miércoles 7 de febrero. El proyecto de ley obliga a todos los clérigos de cualquier fe a denunciar obligatoriamente el abuso o la negligencia infantil, con la excepción limitada de la información obtenida en una comunicación penitencial. La definición de comunicación penitencial fue minuciosamente creada para proteger el Sacramento Católico de la Reconciliación.
La WSCC apoya la mayor parte de este proyecto de ley, que representa un compromiso entre los derechos de libertad religiosa de las religiones y los derechos de los sobrevivientes de abuso. Por lo tanto, el proyecto de ley establece una fuerte exención de la presentación de informes para cualquier información obtenida únicamente en el sacramento de la confesión. Por otro lado, si se tiene conocimiento de que un niño está siendo abusado, el proyecto de ley agrega el deber de advertir a las autoridades, incluso si la información proviene "en parte" de una comunicación penitencial.
Si bien la disposición del deber de advertir podría, a primera vista, requerir romper el sello de confesión, somos neutrales en esta disposición ya que, con nuestros sólidos protocolos y políticas de Ambiente Seguro, el clero, los empleados laicos y los voluntarios deben informar sospechas razonables de abuso basadas en la conducta presenciada mucho antes de una confesión.
Bajo una circunstancia excepcional en que un sacerdote tenga sospechas que no se han reportado hasta que el abuso es confesado durante el sacramento, o se entera de ello por primera vez durante la confesión, el sacerdote tiene el deber de ayudar a las personas penitentes en su acto de penitencia a buscar la expiación de los pecados pasados, cambiar sus vidas y evitar pecados futuros. Normalmente, esto incluiría retirarse de cualquier acceso al niño, buscar asesoramiento profesional y entregarse a las autoridades. El sacerdote también podría animar al penitente a visitarlo a él o a otro informante obligatorio fuera del confesionario.
Ningún sacerdote tiene autoridad para violar el Derecho Canónico rompiendo el secreto de confesión, ni si quiera parcialmente. Del mismo modo, no conocemos a ningún sacerdote que permita que persista el abuso infantil conocido y que un perpetrador conocido continúe poniendo en peligro su alma inmortal después de haber buscado ayuda en el sacramento de la confesión.
La exención más amplia para las comunicaciones penitenciales en el proyecto de ley es fundamental para proteger el sacramento de la confesión de la intrusión por parte del Estado. El deber de advertir es una intrusión, pero puede evitarse siguiendo las políticas de Ambiente Seguro y el cuidado pastoral de un penitente que confiesa una continua pecaminosidad.
La alternativa a este proyecto de ley es la ausencia de exención, lo que pondría al sacerdote en violación de la ley en todas las circunstancias en las que hay una confesión de abuso pasado o presente.